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El Tribunal Supremo reconoce el derecho de los autónomos colaboradores a cobrar el paro en pago único

19/05/2026.

El Tribunal Supremo ha dado un paso importante en favor de los autónomos colaboradores al reconocer su derecho a solicitar el pago único de la prestación por desempleo para incorporarse a un negocio familiar.

La resolución, dictada el pasado 11 de marzo de 2026, corrige la interpretación que venía aplicando el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que hasta ahora limitaba este acceso en muchos casos cuando la actividad ya estaba en funcionamiento.

El origen del conflicto

El caso analizado por el alto tribunal parte de una trabajadora de Barcelona que, tras quedarse en situación de desempleo, solicitó la capitalización del paro para darse de alta como autónoma colaboradora en el negocio de su marido.

Aunque inicialmente el SEPE aprobó la solicitud, posteriormente revocó la ayuda y exigió la devolución de las cantidades abonadas. El organismo consideraba que no existía una inversión inicial suficiente, ya que la empresa familiar ya estaba operativa y, por tanto, no se trataba de una nueva actividad económica.

El Supremo cambia el criterio

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo rechaza esta interpretación y recuerda que la finalidad de la normativa sobre pago único es fomentar el autoempleo y facilitar la reincorporación al mercado laboral.

La sentencia destaca que la ley no excluye expresamente a los autónomos colaboradores del acceso a esta ayuda y subraya que estos trabajadores deben asumir igualmente el coste de sus cotizaciones al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Precisamente, el tribunal considera que el uso de la prestación para sufragar dichas cuotas a la Seguridad Social es una justificación válida para acceder a la capitalización del desempleo.

Unificación de doctrina

Hasta ahora existían resoluciones judiciales contradictorias sobre esta cuestión. Mientras algunos tribunales respaldaban el criterio restrictivo del SEPE, otros defendían el derecho de los autónomos colaboradores a percibir esta ayuda.

Con esta nueva sentencia, el Tribunal Supremo unifica doctrina y deja claro que la vinculación familiar con el titular del negocio no puede ser un obstáculo para acceder al pago único del paro.

Impacto para los negocios familiares

Esta resolución supone una noticia especialmente relevante para pequeños negocios y empresas familiares, ya que permitirá que cónyuges, hijos u otros familiares colaboradores puedan utilizar su prestación por desempleo para incorporarse a la actividad familiar con mayor apoyo económico.

Además, la medida puede aliviar el impacto inicial que supone asumir las cuotas de autónomos desde el primer momento.

¿Qué implica esta sentencia?

A partir de este pronunciamiento, se refuerza la seguridad jurídica de los autónomos colaboradores y se abre la puerta a futuras solicitudes de capitalización del paro en situaciones similares.

No obstante, cada caso debe analizarse de forma individual para comprobar que se cumplen todos los requisitos exigidos por la normativa vigente.

En ALR Asesoría podemos ayudarte a estudiar tu situación y tramitar correctamente tanto el alta como autónomo colaborador como la solicitud de pago único de la prestación por desempleo.